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CONDICIONES GENERALES DE VENTA

1. GENERALIDADES.

1.1 Las ventas de nuestros productos y servicios se regirán por las presentes Condiciones Generales de Venta, excepto en todo aquello que esté expresamente acordado de forma distinta en la oferta correspondiente o en la aceptación del pedido y que constituya las condiciones particulares del mismo. Por ello, carecen de valor, a todos los efectos, cualesquiera otras condiciones que no se hayan aceptado expresamente por HIPERMADERA TALAVERA, S.L. (en adelante El Vendedor).

1.2 Se considerará que las presentes Condiciones Generales han sido comunicadas al Comprador desde el momento en que a éste se le comunica la página web en que se encuentran las mismas o recibe una oferta del Vendedor acompañada de estas Condiciones. Alternativamente, se considerarán como comunicadas si el Comprador las recibió previamente en el curso de su relación comercial con el Vendedor; considerándose en todos estos casos aceptadas por el Comprador, a todos los efectos, al cursar su pedido.

2. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.

La propiedad intelectual y/o industrial de la oferta, en todos sus términos, y la información adjunta a la misma, así como la de los productos objeto de venta y la de los elementos, planos, dibujos, "software", etc., incorporados o relativos a los mismos, pertenece al Vendedor, por lo que queda expresamente prohibida su utilización por el Comprador para otros fines que no sean la cumplimentación del pedido, así como su copia total o parcial o cesión de uso a favor de terceros sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor.

El Vendedor podrá facilitar el nombre del Comprador como parte de sus referencias comerciales.

3. FORMALIZACIÓN DE PEDIDOS Y ALCANCE DE LA COMPRAVENTA.

3.1 El alcance de la venta deberá estar claramente especificado en el pedido del Comprador. Para que se considere efectivo, el pedido tiene que recibir una aceptación expresa por parte del Vendedor.

3.2 La venta incluye únicamente los productos y servicios objeto del pedido, a excepción de los casos en los que, en el pedido del Comprador que haya sido aceptado por el Vendedor, se incluya explícitamente alguna documentación, información, soporte o servicio adicionales.

3.3 Los pesos, dimensiones, capacidades, especificaciones técnicas y configuraciones referentes a los productos del Vendedor incluidos en catálogos, folletos, prospectos y literatura técnica tienen carácter orientativo y no vinculante, con excepción de los casos en que el Vendedor acepte una especificación cerrada del Comprador, la cual tiene que formar parte de los documentos del pedido.

3.4 Las modificaciones y/o variaciones del alcance, plazos o demás términos de un pedido que pueda proponer una de las Partes, deben notificarse a la otra parte, siempre por escrito, y, para que sean válidas, deberán ser aceptadas por dicha parte. Tendrán igualmente la consideración de modificaciones y/o variaciones aquellas provocadas por cambios en la legislación, reglamentación y normativa aplicable que se produzcan tras la fecha de presentación de la oferta correspondiente; si tales modificaciones y/o variaciones vinieran a imponer obligaciones adicionales o más onerosas sobre el Vendedor, éste tendrá derecho a que se realice un ajuste equitativo de los términos contractuales que refleje plenamente las consecuencias de la ley o regulación nueva o modificada.

3.5 La primera operación comercial entre comprador y vendedor tendrá inevitablemente como forma de pago TRANSFERENCIA PREPAGO, sin descuento por P.P., salvo acuerdo particular en la oferta de venta. Para las siguientes operaciones comerciales, el Vendedor se reserva el derecho de otorgar crédito al Comprador, según la información que obtenga por medios como el documento "Autorización de

petición de informes bancarios", que tendrá que ser firmado por el cliente. En el caso de otorgar crédito, la forma de pago será recibo domiciliado SEPA B2B con Vto. Según permite la Ley 15/2010, o Reposición 45 días máximo, para el resto de las formas de pago, siempre desde la fecha factura.

3.6 Por defecto y sin excepción, el Comprador deberá pagar al Vendedor el 40% del total de la oferta aceptada, para la gestión de compra de todo producto que no sea de stock, satisfaciendo el pago del resto, según las condiciones acordadas en la propia oferta.

3.7 El Vendedor se reserva el derecho de agrupar los pedidos en facturas, en cualquier momento de los 16 días siguientes a la entrega, según le permite la Ley 15/2010 de 5 de julio, contra la morosidad.

4. PRECIO.

4.1 Los precios netos son sin incluir IVA ni cualquier otro impuesto, derecho o tasa, que se repercutirán posteriormente en la factura con los tipos correspondientes. Salvo que exista una estipulación contraria en el pedido, o un acuerdo al respecto entre el Comprador y el Vendedor derivado de su relación comercial, los precios incluyen embalaje y transporte, si así se indica en la oferta o pedido, pero no cargas, ni seguros. Estos precios son únicamente válidos para la entrega de la totalidad de los productos especificados en el pedido, en un solo acto.

4.2 En el caso de ofertas previas al pedido, los precios ofertados tendrán la validez temporal que se indique en cada caso, fijándose en 30 días por defecto, y en este periodo se considerarán como fijos para las condiciones de pago y cantidades especificadas en la oferta, en una sola entrega.

4.3 Una vez aceptado el pedido por el Vendedor, los precios se considerarán fijos y no sujetos a revisión. No obstante, será aplicable una revisión de precios cuando:

a) Se haya convenido entre el Comprador y el Vendedor.

b) Se haya modificado el pedido a petición del comprador, y, en general, se produzca cualquier variación y/o modificación en virtud de lo establecido en las presentes condiciones.

4.4 Los precios indicados en la WEB www.hipermadera.es son válidos para las cantidades disponibles en stock. En ningún caso se respetará dicho precio para otras cantidades, sin consulta y aceptación expresa del Vendedor.

5. CALCULO DE CANTIDADES EN MADERA NATURAL

5.1 Como consecuencia de mermas por el secado de la madera, no se redondearán cantidades a la baja, especialmente en el cálculo de madera natural, cuya cantidad a cobrar en metros cúbicos será el resultado de Largo x Ancho x Grueso x Nº de Piezas, redondeado dos decimales al alza.

5.2 En el caso que el comprador no esté conforme con este método de cálculo, recogeremos la madera del lugar de la entrega sin coste alguno.

6. CONDICIONES DE PAGO.

6.1 La oferta del Vendedor o, en caso de que no existiese tal, el pedido del Comprador aceptado por el Vendedor incluirá la forma y término de pago. También se podrán emplear unas condiciones de pago previamente especificadas en el marco de un acuerdo de relación comercial continua entre el Comprador y el Vendedor. Dichas condiciones de pago deberán atenerse a lo previsto en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, sin superar en ningún caso los plazos máximos establecidos en la misma.

6.2 El pago se realizará en las condiciones acordadas, en la cuenta bancaria del Vendedor o mediante otro procedimiento acordado. El pago se realizará sin ninguna deducción tal como retenciones no acordadas, descuentos, gastos, impuestos o tasas, o cualquier otra deducción.

6.3 Si, por causas imputables al Comprador, se retrasase más de 15 días la entrega de los productos y servicios, estos se facturarán y se mantendrán las condiciones y plazos de pago contractuales detallados en el Pedido de Venta.

6.4 En caso de retraso en los pagos por parte del Comprador, y salvo acuerdo expreso al respecto, éste tendrá que pagar al Vendedor, sin requerimiento alguno y a partir de la fecha de vencimiento del pago, un 5% del importe vencido, en concepto de indemnización por incumplimiento + los intereses de demora del pago retrasado, que se calcularán conforme a lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre. El pago de estos intereses no liberará al Comprador de la obligación de realizar el resto de los pagos en las condiciones acordadas.

6.5 En caso de que el Comprador incurra en retrasos en los pagos acordados, el Vendedor podrá suspender de forma provisional o definitiva, a su elección, el envío de los productos a crédito, sin perjuicio de requerirle al Comprador la realización de los pagos atrasados y de reclamarle, en su caso, compensaciones adicionales por esta suspensión.

6.6 Las entregas a cuenta y pagos que el comprador realice, serán aplicados sin excepción a deuda vencida, de más antigua a más reciente, según avala el art. 1172 del Código Civil. Si la deuda produjese intereses, no podrá estimarse hecho el pago por cuenta del capital, mientras no estén cubiertos los intereses", tal y como dispone el artículo 1173 del Código Civil

6.7 La formulación de una reclamación por parte del Comprador no da derecho al mismo a la suspensión o deducción alguna en los pagos comprometidos.

6.8 Los productos y servicios objeto de pedido se suministrarán bajo reserva de dominio a favor del Vendedor, hasta el total cumplimiento de las obligaciones de pago del Comprador, quedando obligado éste último a cooperar y adoptar cuantas medidas sean necesarias o convenientes y las que proponga el Vendedor para salvaguardar su propiedad sobre dichos productos y servicios.

7. PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA.

7.1 El plazo de entrega se entiende para los productos entregados en la forma y condiciones indicadas en la aceptación de la oferta o pedido, debiendo previamente el Comprador haber efectuado los pagos previstos en su caso.

7.2 El plazo de entrega será modificado cuando:

a) El Comprador no entregue en plazo la documentación que sea necesaria para la entrega de los productos.

b) El Comprador requiera modificaciones en el pedido, que sean aceptadas por el Vendedor y que, a juicio del Vendedor, requieran una extensión del plazo de entrega.

c) Para la entrega de los productos sea imprescindible la ejecución de trabajos por parte del Comprador o sus subcontratistas y estos no se hayan ejecutado a tiempo.

d) El Comprador haya incumplido alguna de las obligaciones contractuales del pedido, en especial la que se refiere a pagos, por liquidaciones de pedidos atrasados.

e) Por causa no directamente imputable al Vendedor se produzcan retrasos en la producción o disposición de todos o algunos de los elementos del producto. De forma ilustrativa, pero no limitativa, se incluyen las siguientes causas de retraso: huelgas de suministradores, transportes y servicios, fallos en los suministros de terceros, fallos en los sistemas de transportes, inundaciones, temporales, disturbios, huelgas, paros de personal del Vendedor o sus subcontratistas, sabotajes, paradas accidentales en los talleres del Vendedor por averías, etc. y las causas de fuerza mayor contempladas en la legislación vigente.

7.3 En caso de producirse un retraso en la entrega de los productos objeto del pedido directa y únicamente imputable al Vendedor, el Comprador aplicará la penalidad acordada previamente con el Vendedor, si esta existiera, siendo dicha penalidad la única acción indemnizatoria posible por causa de retraso.

8. DEVOLUCIÓN DE MATERIALES. RECLAMACIONES.

8.1 En ningún caso el Vendedor admitirá devoluciones de productos pedidos expresamente para el Comprador. Para el resto de los productos, el Vendedor no admitirá devoluciones transcurridos 15 días desde su envío o entrega.

8.2 En ningún caso el Vendedor admitirá devoluciones sin previo acuerdo al respecto con el Comprador y previa la firma y entrega del documento de autorización para devoluciones de EL VENDEDOR.

8.3 En cualquier caso, las reclamaciones del Comprador al Vendedor deberán realizarse por escrito y de forma fehaciente.

8.4 En caso de una devolución por error en el pedido o por otras causas ajenas al Vendedor, salvo acuerdo expreso al respecto, se cargará 20€ por recogida o 10€ por entrega en nuestras instalaciones, de material devuelto en concepto de costes de gestión, revisión y acondicionamiento.

8.5 El Vendedor no admitirá devoluciones de materiales que hayan sido utilizados, montados, instalados, o sujetos a desmontajes que hayan alterado el estado original de los productos suministrados por el VENDEDOR o EL FABRICANTE.

8.6 El Vendedor, salvo acuerdo expreso al respecto, tampoco admitirá devoluciones de productos diseñados o fabricados específicamente para el pedido.

9. GARANTÍAS.

9.1 Salvo estipulación expresa en contrario incluida en la oferta o aceptación del pedido, el Vendedor garantiza los productos que haya suministrado en lo referente a defectos de materiales, fabricación o ensamblado por un periodo de 1 AÑO contado a partir de la fecha de fabricación de los materiales.

9.2 La garantía expresada en el apartado 8.1 consiste en la reparación o sustitución (a elección del Vendedor) de los elementos que se hayan reconocido como defectuosos, bien por defectos del material o por defectos de fabricación o de ensamblado. Las reparaciones se entienden realizadas en el almacén del Vendedor o de un subcontratista.

9.3 La reparación o sustitución de un elemento defectuoso no varía la fecha de inicio del periodo de garantía del conjunto del pedido, que será la indicada en el apartado 8.1. Sin embargo, el elemento reparado o sustituido tendrá 6 meses de garantía a partir de su reparación o sustitución.

9.4 En ningún caso el Vendedor se hará cargo de las reparaciones efectuadas por personal ajeno a su organización o empresas subcontratadas.

9.5 El Vendedor no es responsable del desconocimiento del Comprador sobre los productos y servicios que el primero suministra. La madera y productos derivados tienen un comportamiento vinculado a su naturaleza, y su uso y aplicación están limitados por dichas condiciones. La Garantía no cubrirá defectos de la madera o productos derivados cuando no se hayan seguido las recomendaciones de uso facilitadas por el vendedor o en su defecto, las establecidas por el fabricante.

9.6 La garantía no es aplicable en caso de deterioro que no sea directamente imputable al uso para el que se destina normalmente del producto, como los daños que resulten de impactos, errores de manipulación, intervenciones o tentativas de intervención del cliente en el material para reparación, ajuste o cualquier otra modificación efectuada por el cliente. Además, quedan excluidos de la garantía, la cual se considerará asimismo caducada, los daños y defectos originados por conservación o mantenimiento inadecuados, almacenamiento o uso erróneo o negligente, uso abusivo, utilización de líquidos y barnices inadecuados, montajes defectuosos, modificaciones introducidas sin aprobación del Vendedor o fabricante, instalaciones realizadas o modificadas posteriormente sin seguir las instrucciones técnicas del producto y, en general, cualquier causa que no sea imputable al Vendedor.

10. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.

10.1 La responsabilidad del Vendedor, sus agentes, empleados, subcontratistas y proveedores por las reclamaciones derivadas del cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no excederá en conjunto del precio básico contractual y no incluirá en ningún caso perjuicios derivados del lucro cesante, pérdida de ingresos, producción o uso, costes de capital, costes de inactividad, demoras y reclamaciones de clientes del Comprador, costes de recursos sustitutivos, pérdida de ahorros previstos, incremento de los costes de explotación ni cualesquiera perjuicios especiales, indirectos o consecuenciales ni pérdidas de cualquier clase. La limitación de responsabilidad contenida en la presente cláusula prevalecerá sobre cualquier otra contenida en cualquier otro documento contractual que sea contradictoria o incongruente con la misma, salvo que tal previsión restrinja en mayor medida la responsabilidad del Vendedor.

11. LIMITACIÓN DE EXPORTACIÓN.

11.1 El comprador reconoce que los productos objeto de venta por el Vendedor pueden estar sujetos a provisiones y regulaciones locales o internacionales relativas al control de exportación y, que sin las autorizaciones para exportar o re-exportar de las autoridades competentes, no se puede vender, arrendar, ceder, transferir, etc., los productos vendidos ni utilizarlos para cualquier propósito que no sea lo pactado. El comprador es el responsable de cumplir con tales provisiones y regulaciones. Los productos vendidos no pueden ser utilizados ni directa ni indirectamente, en conexión con el diseño, la producción, el uso o almacenamiento de armas químicas, biológicas o nucleares ni para los sistemas de transporte de las mismas ni para aplicaciones militares.

12. DERECHO APLICABLE. SUMISIÓN A JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Las presentes Condiciones serán regidas por, e interpretadas de acuerdo con, las leyes españolas.

Las partes renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y se someten a la a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Talavera de la Reina.


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